CAMPAÑA RENTA 2020: ¿Cómo debe declarar el arrendador los gastos (comunidad, impuestos locales, agua…) que repercute al inquilino por el arrendamiento de un local de negocio?

por AGF Administradores de Fincas

Se deben declarar como ingresos todas las cantidades cobradas por el alquiler, incluidos los gastos que se repercutan al inquilino y excluido el IVA, los cuales, a su vez, se pueden declarar como gastos deducibles. La retención se resta de la cuota final del Impuesto de la Renta junto a las demás retenciones. El IVA no se considera ni gasto ni ingreso.